Discriminación en el lugar de trabajo: protección jurídica de los trabajadores extranjeros

La discriminación se produce cuando una persona recibe un trato desigual o desfavorable - a saber sin razón objetivap. ej. a causa de:

  • origen étnico
  • la nacionalidad
  • el color de la piel
  • religión o creencias
  • de edad
  • de género o identidad sexual

Incluso formas sutiles, como los comentarios despectivos, la exclusión o la discriminación en la asignación de turnos, pueden calificarse de discriminación.

Sus obligaciones como empresario

Como empresario, está obligado en virtud de la AGG:

  1. Sus empleados proteger contra la discriminación
  2. Para las reclamaciones reaccionar adecuada y rápidamente
  3. A Clima abierto a las quejas para crear
  4. Por delitos adoptar las medidas adecuadas (por ejemplo, amonestaciones, traslados, formación)
  5. Informar a los nuevos empleados sobre sus derechos en virtud de la AGG

Consejo: Remítase a la AGG y a las oficinas de reclamaciones pertinentes en el contrato de trabajo, el proceso de incorporación o el reglamento de la empresa.

 ¿Qué ocurre en caso de infracción?

Si un empleado es discriminado por su origen o religión, esto puede tener graves consecuencias para su empresa:

  • Reclamaciones de daños e indemnizaciones por el interesado (§ 15 AGG)
  • Pérdida de imagen y perturbación del ambiente de trabajo
  • Consecuencias del Derecho laboral en caso de incidentes repetidos o ignorados

Especialmente delicado: Si como empresario ignora los indicios de discriminación o no los toma en serio, puede Autosuficiente se haga.

Establecer mecanismos de protección en la empresa

Para proteger eficazmente a los empleados extranjeros y promover una cultura laboral no discriminatoria, se recomiendan las siguientes medidas:

  • Personas de contacto internas para reclamaciones
  • Formación intercultural para directivos y equipos
  • Valores y normas claros Anclaje en la declaración de objetivos o en las normas de la casa
  • Anuncios de empleo redactados de forma neutra (sin requisitos de nacionalidad o edad)
  • Sensibilización como parte del proceso de incorporación de todos los empleados

La discriminación en el lugar de trabajo no sólo es moralmente inaceptable, sino que también es Legalmente prohibido. Como empresario, tiene la obligación de Igualdad de oportunidades, respeto y un entorno de trabajo integrador independientemente del origen de sus empleados.

Promover la diversidad no sólo atrae a especialistas motivados, sino que refuerza la cultura empresarial y la competitividad a largo plazo.

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